Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que tenga el Ayuntamiento de Palma y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
Se recuerda que gran parte de la información accesible está ya publicada en la web. Por ello se invita a visitarla y asegurarse de que la información que se busca no se encuentra disponible.
Para ejercer el derecho de acceso establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno se pueden utilizar las siguientes vías:
Por escrito: puede presentar la solicitud de acceso en qualsevol oficina de registre de l'Ajuntament de Palma.
Sólo hay que descargar el formulario siguiente y presentarlo cumplimentado
Telemáticamente: puede hacer la solicitud de acceso a través del siguiente enlace:
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* Seguimiento de las solicitudes de derecho de acceso a la información
Para hacer el seguimiento del expediente asociado a su solicitud se dará un código de seguimiento, si ha indicado la dirección de correo electrónico. Una vez registrada la solicitud se os comunicará el número de su DMS-Derecho de acceso a la información para que puedan hacer el seguimiento a través del 010 o de la web de el Ayuntamiento.
Si tiene alguna duda o sugerencia sobre la información contenida en esta página o sobre el funcionamiento general de este procedimiento puede contactar siguiendo el siguiente enlace
El Ayuntamiento de Palma en relación con la formulación de quejas o sugerencias en relación con el acceso a la información pone a disposición de la ciudadanía:
El plazo medio de resolución de quejas es aproximadamente 25 días laborables, sin embargo, el procedimiento propio del sistema de calidad del Ayuntamiento de Palma (DE_P_Ges.Dem.Mun.Ser.) que establece la gestión de las quejas y las sugerencias, dispone que el plazo máximo es de 45 días para la respuesta tanto de quejas como de sugerencias.
* Publicación de resoluciones denegatorias del Ayuntamiento en materia de derecho de acceso a la información e información estadística relativa a solicitudes de derecho de acceso recibidas, resueltas y desestimadas.
* Reclamaciones por denegación total o parcial en el ejercicio del derecho de acceso (una vez ejercido)
Si ha presentado una solicitud de acceso a la información pública y no está satisfecho con la respuesta o no ha recibido contestación, puede presentar una reclamación ante la Comisión para la resolución de las reclamaciones en materia de acceso a la información pública.
Condiciones y procedimiento para reclamar
Fecha última modificación:14 de Junio de 2019