La autoliquidación de la tasa por servicios urbanísticos, en el caso de solicitud de licencias urbanísticas es un requisito previo y necesario para la tramitación de esta solicitud por parte del Departamento de Licencias de Obras
¿Quién lo puede solicitar?: Cualquier persona física o jurídica que tenga que solicitar una licencia urbanística (antigua obra mayor). Es necesario ser titular de un certificado electrónico o cualquier otro tipo de identificación del sistema @clave, no es posible hacerlo en representación de otra persona.
Tenga a mano: Presupuesto de ejecución material de la obra. Es necesario recordar que no formen parte de la base imponible las siguientes partidas: IVA y otros impuestos análogos, tasas, precios públicos y demás prestaciones patrimoniales de carácter local relacionadas con la construcción o instalación o obra, honorarios profesionales, beneficio empresarial del contratista, ni otros conceptos que no sean estrictamente ejecución material de la obra, por ejemplo, la partida de seguridad laboral o prevención de riesgos
¿Dónde solicitarlo?: Por Internet en esta web (con certificado electrónico) o presencialmente en las oficinas de atención a la ciudadanía (OAC)
Precio: Epígrafe 1, artículo 5, de la Tasa por servicios urbanísticos: 2,61% del coste total y efectivo de la obra o instalación
Forma de pago:
Normativa: RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, mediante el cual se aprobó el Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales/Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por servicioss urbanísticos del Ayuntamiento de Palma
¿Cómo se hace el trámite?:
Más información: Una vez finalizada la obra, construcción o instalación, el importe total será regularizado por el Servicio de Inspección Tributaria del Ayuntamiento de Palma
Para más información sobre el trámite de solicitud de licencia de obras y la documentación a aportar haga click aquí
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Solicitud para la tramitación del procedimiento previo a la ejecución de actos sujetos a licencia urbanística de conformidad con el artículo 146 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares. Este trámite Obres. se puede utilizar para obras mayores de nueva construcción, de reforma o ampliación, de demolición, de modificación y de legalización.
¿Quién lo puede solicitar?: Cualquier persona física o jurídica que sea promotora de la actuación
Documentación a aportar:
Precio y forma de pago: Tasa para licencia urbanística e impuesto de construcciones, instalacionse y obras (ICIO). La cuantía de la tasa y del impuesto que está fijada en la ordenanza municipal fiscal del año en curso, conceptos 312-00 y 282-00
Autoliquidación de la Tasa de Servicios Urbanísticos:
Ínformación sobre la autoliquidación y forma de pago de la Tasa Servicios Urbanísticos
Normativa:
¿Quién tramita la solicitud?:
Departamento de Obras y Calitdad de la Edificación
Servicio de Tramitación de Licencias de Obras
Av. Gabriel Alomar, 18, bajos
971225900 ext. 8549
obres@palma.cat
Forma de iniciación: A petición de la persona interesada
Órgano resolutorio: Consejo de Gerència de Urbanismo
Fín de la vía: La resolución pone fín a la vía administrativa
Recurso: De reposición potestativo y contencioso administrativo
Más información:
- La solicitud requiere autentificación con cualquier sistema reconocido por @clave
- Se advierte que si la solicitud no incorpora los documentos preceptivos y hasta que no se haya abonado la tasa, se considerará una solicitud incompleta y no se iniciará la tramitación del procedimiento.
- El titular de la licencia es quien debe identificarse y hacer la solicitud. No se admiten representantes de personas físicas.
- Respecto a los ficheros adjuntos a la solicitud: Se deben nombrar con una nomenclatura clara los archivos que se adjuntan con la solicitud de la llicencia, para facilitar su revisión administrativa
Fecha última modificación:26 de Enero de 2021